Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado considera necesario pronunciar su voto disidente a la DCP 0088/2016 de 26 de julio, sobre los arts. 18, 21 y 91 dentro del control previo de constitucionalidad del proyecto de Carta Orgánica. En efecto, de conformidad al art.
Fecha: 26-Jul-2016
Fragmento 2
Los fundamentos que sustenta el presente Voto Disidente respecto a la DCP 0088/2016, son: a) El nuevo modelo de Estado plurinacional con autonomías y la participación de las naciones y pueblos indígena originario campesino (NPIOC); b) La efectividad de los derechos fundamentales colectivos, como obligatoriedad para todos los niveles del Estado; y, c) Jerarquía normativa en las cartas orgánicas.
- I. ANTECEDENTES
- Fragmento 2
- II.1. El nuevo modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- 1)
- II.2. La efectividad de los derechos fundamentales colectivos, como obligatoriedad para todos los niveles del Estado
- I.
- II.
- de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales…
- “Artículo 18. (Jerarquía Jurídica Interna)
- que ejerza competencia
- a la libre determinación de las NPIOC