SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2016-S3
Fecha: 18-Jul-2016
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Jaqueline Rada Arana, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda del departamento de La Paz, a través del informe presentado el 19 de febrero de 2016, cursante a fs. 15 y vta., refirió que el 17 del citado mes y año, se llevó a cabo la audiencia de consideración de la cesación de detención preventiva del accionante, concediéndole la misma y disponiendo su libertad, previa verificación del domicilio por la autoridad policial competente. De igual forma, aplicó medidas sustitutivas como la asistencia periódica del nombrado ante el Ministerio Público, que esté bajo el cuidado y protección de su madre y que lleve dos garantes solventes que avalen su presencia mientras culmina el proceso investigativo. Medidas dispuestas en aplicación de los arts. 288 incs. a) y f) del Código Niña, Niño y Adolescente; y, 243 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- SEA DE CARÁCTER REPARADOR
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- 2° Dejar sin efecto