Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0183/2016-CA
Fecha: 03-Ago-2016
I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
Mediante decreto constitucional de 22 de junio de 2016 (fs. 43), se dispuso la suspensión de plazo, al haberse solicitado documentación complementaria, habiéndose recepcionado la misma, por decreto constitucional de 22 de julio de 2016, se dispuso la reanudación del cómputo de plazo (fs. 72); por lo que, el presente Auto es emitido dentro del plazo establecido.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCION
- “no ha lugar”
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 5
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado.
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR