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    AUTO CONSTITUCIONAL 0200/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0200/2016-CA

    Fecha: 31-Ago-2016

    rechazar

    Por consiguiente, la autoridad judicial consultante, al rechazar la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta en cuanto a los arts. 222 del CSS, 609 del Reglamento del mismo Código y 32 del DL 10173 y “promover” la presente acción contra la Disposición Adicional Única de la Ley de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, actuó de manera parcialmente correcta.

    • Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social Tercera del departamento de La Paz
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • 1)
    • rechazó
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución
    • rechazar
    • 2°  REVOCAR en parte

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