AUTO CONSTITUCIONAL 0228/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0228/2016-RCA

Fecha: 04-Ago-2016

a)

La Jueza Pública de Familia Séptima del departamento de Potosí, constituida en Jueza de garantías, por proveído de 30 de junio de 2016, cursante a fs. 34 vta., dispuso que dentro del plazo de tres días, conforme a lo previsto en el         art. 30.I.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo), el accionante subsane las siguientes observaciones: a) Indique con precisión y claridad la legitimación pasiva; b) Adjunte la resolución judicial o administrativa en la que basa esta acción de defensa, a efectos de agotar la subsidiariedad; c) Presente los documentos que se mencionan en el punto dos del Otrosí Segundo del memorial de acción de amparo constitucional; y, d) Señale qué derechos y garantías constitucionales fueron vulnerados.