AUTO CONSTITUCIONAL 0241/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0241/2016-RCA

Fecha: 22-Ago-2016

I.5. Síntesis de la impugnación

Refiere que el Juez de garantías observó el incumplimiento de los requisitos de forma, como la “personalidad” del accionante, extremo que resulta incongruente con la propia norma, puesto que se señaló, nombre, apellidos y generales de ley, y quien debe demostrar esa condición es el representante legal, siendo dicha exigencia contraria al principio de celeridad y tutela efectiva. Asimismo al solicitar fotocopias legalizadas cuando la disposición legal es clara al indicar que sean las que se encuentran en su poder o precisar el lugar donde se encuentren, por ello no compulsó los requisitos de forma que hacen a la acción de amparo constitucional.