AUTO CONSTITUCIONAL 0242/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0242/2016-RCA

Fecha: 22-Ago-2016

I.2. Derechos supuestamente vulnerados

Los accionantes a través de su representante alegan lesionados sus derechos al trabajo, a la percepción de un salario justo, a la estabilidad e inamovilidad laboral, a la salud y a la seguridad social, a la sindicalización, citando al efecto los       arts. 13.I y IV, 46, 48.I, II, III y IV, y 49.III de la Constitución Política del Estado (CPE); 23, 24 y 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; XIV y XVI de la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre; 6, 7, 8 y 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales; y, 6, 7, 8, 9 y 10 del Protocolo de San Salvador.