SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

a)

Solicita se conceda la tutela, ordenando: a) La nulidad de obrados hasta la concesión del recurso de apelación que se concedió a su favor mediante Auto 00001216, dejando sin efecto la Resolución 209/15 y actuaciones sucesivas; b) Como consecuencia de la anterior determinación se remitan obrados al Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en aplicación del art. 12 del Manual de Calificación de Rentas de la Unidad de Recaudación, Resolución Secretarial 1000087/97 de 21 de julio de 1997; c) Se imponga daños y perjuicios a los demandados; y, d) Además se remitan obrados al Ministerio Publico y se califiquen costas.

El accionante considera vulnerados sus derechos al debido proceso, al trabajo y “seguridad jurídica”; toda vez, que a pesar de haber apelado contra la Resolución 0000946, que denegaba su acceso a la compensación de cotizaciones, como la reposición de las boletas revertidas más reintegros acumulados, las autoridades ahora demandas: a) En principio concedieron dicho recurso de apelación, luego lo dejaron sin efecto, colocando terminología imprecisa mediante Auto 209/15 como “auto sin plazo perentorio”; b) En la Resolución 277/15, se dejó sin efecto la notificación realizada a su persona, para finalmente mediante nota hacerle conocer que su solicitud sería atendida por la instancia pertinente; y, c) Declararon ejecutoriada la resolución oportunamente apelada; es decir, que las autoridades demandadas, sin pronunciarse sobre la concesión o rechazo de la apelación, dejando en el limbo procesal su pedido, para eludir la pretensión de la compulsa que también fue anunciada por su parte.