Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2016-S1
Fecha: 02-Ago-2016
II.4.
II.4. El 25 de septiembre de 2015, las representantes de la Unidad Educativa Santísima Trinidad, interponen recurso de revocatoria contra el memorándum D.D.E.L.P-3 091/2015, pidiendo nulidad de obrados y se cumpla con el debido proceso; asimismo, solicitando fotocopias legalizadas del memorándum DDELPZ 1933/2015, y del informe SDR 0732; petición que fue resuelta mediante proveído de 12 de octubre del mismo año, emitido por la Directora Distrital de Educación de La Paz-3, rechazando el recurso y con relación a la petición de fotocopias, manifestó “Se tiene presente” (sic) (fs. 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.2. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales.
- al debido proceso, a la defensa
- i)
- III.5. El incidente de nulidad y la convalidación de los actos administrativos
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR