Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2016-S1
Fecha: 02-Ago-2016
III.
La Unidad Educativa accionante, a través de sus representantes, denuncia la vulneración sus derechos a la defensa, la petición y al debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación congruente de las resoluciones; por cuanto, considera que los demandados, al disponer la aplicación de sanciones sin observar los procedimientos administrativos, como ser la notificación con el inicio de proceso, la apertura del termino probatorio y la emisión de una resolución fundamentada y motivada, le privaron de la posibilidad de asumir defensa e incurrieron en actos discrecionales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.2. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales.
- al debido proceso, a la defensa
- i)
- III.5. El incidente de nulidad y la convalidación de los actos administrativos
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR