SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
a)
Verónica Cusi Mamani, Policía de la FELCV, a través de su abogado, en audiencia, informó que: a) El 30 de marzo de 2016, a horas 18:00, buscó al Fiscal de turno hasta a las 8:30 aproximadamente, el servicio del funcionario policial Juanito Chipana, dependiente de Villa Luisa del Distrito 3, condujo a Efrain Tancara Soliz a dependencias de la FELCV, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica; posteriormente, se constituyó en dependencias del Fiscal de turno; el 31 de marzo del referido año se dio conocimiento al Fiscal Jarol Jarandilla de la “ficalía FEVAF” para que requiera conforme a derecho de la acción directa, emitiendo los requerimientos fiscales, con el objetivo de que la investigadora asignada al caso dé cumplimento a lo dispuesto por el Fiscal de Materia, por lo que se dio a cabalidad lo que la norma dispone, no se coartó la libertad en calidad de aprehendido; y, b) Es una funcionaria más dentro de la institución, que es la FELCV, misma que no cuenta con recursos económicos y tampoco es administradora de esa entidad o que debia hacerse cargo para reunir las condiciones de la celda, “de los cuales está indicando” la abogada de la accionante, se cumplió con todos los extremos, no se privó a las necesidades del hoy accionante que toda persona en esa circunstancia tiene, por tanto, por todos estos hechos y tras no cumplir con los requisitos que señala la misma para interponer la acción de libertad solicita se deniegue la tutela.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó
- II
- II.2.
- 2.Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional
- CONFIRMAR