SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2016-S1

Fecha: 02-Ago-2016

1)

El accionante a través de su abogado, en audiencia reiteró íntegramente los argumentos expuestos en su demanda tutelar; aclarando además lo siguiente:    1) El acta de audiencia de 31 de marzo de 2016, en la cual consta su apelación incidental, no fue elaborada ni remitida al tribunal de alzada en el término de veinticuatro horas establecido por el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), a pesar de haber provisto en la fecha indicada, las fotocopias para la remisión de tal apelación; 2) El 10 de abril de igual año, la autoridad jurisdiccional demandada entregó la requerida acta pero con modificaciones y sin la suscripción de firmas tanto de su autoridad como del Secretario del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba; y, 3) Resulta falsa la providencia de 11 del mismo mes y año, mediante la cual la Jueza demandada presuntamente conminó a Rimy Montaño Mauriel, Secretario del señalado Juzgado para que faccione el acta de audiencia de 31 de marzo de 2016; dado que, la misma estaba aún en su despacho para su revisión.