Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2016-S2
Fecha: 22-Ago-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes consideran lesionados sus derechos a la vida, a la libertad y al debido proceso; toda vez que, las autoridades judiciales y servidora pública demandadas, les niegan la presentación de solicitudes de salida médica e impiden la realización de peticiones relativas a la cesación de detención preventiva, al extremo de encontrarse sin autoridad que ejerza el control jurisdiccional, debido a las remisiones reciprocas del cuaderno de investigaciones que se realizan entre ellas debido a observaciones relativas a defectos en algunos actuados procesales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades y servidora pública demandada
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad de pronto despacho
- La o el Juez que se excuse, remitirá en el día la causa a la o el Juez que deba reemplazarlo, quien asumirá conocimiento del proceso inmediatamente y proseguirá su curso sin interrupción de actuaciones y audiencias
- III.3. Derecho a la vida
- III.4.
- CONFIRMAR en todo