SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0750/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0750/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

El 11 de mayo del año en curso, a hrs. 10:00, cuando se encontraban en inmediaciones del Mercado Campesino, fueron irrumpidos por un desconocido grupo de efectivos policiales, quienes endilgándoles que existía una denuncia por supuesto robo de celular, procedieron a aprehenderlos e inmediatamente los requisaron; no obstante, haber constatado que no tenían entre sus cuerpos y bajo sus pertenencias el supuesto dispositivo robado, los condujeron a oficinas de la EPI “Los Chapacos”, donde los mantuvieron ilegalmente privados de libertad, con el argumento que no podían dejarlos salir, hasta que el hecho se ponga en conocimiento de la autoridad Fiscal y que la víctima formalice su respectiva denuncia; empero, según informe no se apersonó ninguna supuesta víctima a presentar denuncia alguna, a pesar de ello, siguieron detenidos bajo el supuesto de fines investigativos.

El efectivo policial José Luis Choque Huanca, quien los recibió en oficinas de la EPI en calidad de aprehendidos, sin considerar que la codemandante Silvia Eugenia Ríos, recibe diálisis (enfermedad de riñón) desde hace más de diez años, por cuya razón se hallaba decaída, no permitió que vaya al puesto médico, al contrario, le expresó irónicamente junto a sus camaradas que debía estar casi muerta para que recién reciba tratamiento médico, a más de contar con una orden del juez; hecho por el cual, también dirigen la presente demanda contra Bizmar Barbeiro Reyes, Director de la EPI, por no haber realizado ninguna acción permitiendo que sean privados de libertad, cuando tenía la facultad y obligación de conocer y poner orden de todo lo que ocurre con los policiales subalternos.