SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0767/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0767/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

II.5.

II.5.    El Proveído de Inicio de Ejecución Tributaria                                                   AN-GRORU-SET-PIET 0106/2014 de 14 de febrero, expresó que estando firme, legalmente exigible y constituida en título de ejecución tributaria, la Resolución Sancionatoria en Contrabando AN-GROGR-ULEOR 010/2011, por la suma líquida y exigible de UFV257 135,00.- (doscientos cincuenta y siete mil ciento treinta y cinco 00/100 unidades de fomento a la vivienda) equivalente a Bs492 407,00.- (cuatrocientos noventa y dos mil cuatrocientos siete 00/100 bolivianos), anunció a los sujetos pasivos: empresa “GILMAR EXPRESS SERVICE S.R.L.”, representada por Miguel Capuma Rafael, Pedro “Alvarez” Claros e Isabel Flores, que se daría inicio a la ejecución tributaria del mencionado título, al tercer día de su legal notificación con el aludido Proveído, a partir del cual se realizarían las medidas coactivas correspondientes; asimismo, les comunicó que el importe adeudado sería actualizado y calculado a la fecha de pago (fs. 42).