SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2016-S1

Fecha: 10-Ago-2016

a)

El accionante a través de su abogada, ratificó íntegramente el memorial de demanda de la presente acción de libertad y complementándola señaló: a) El traslado le causó un traumatismo en la clavícula, por lo que su integridad física se encuentra en riesgo; b) La transferencia de sección se realizó sin que exista resolución ejecutoriada; durante su permanencia no presentó observaciones en su conducta; c) El art. 5 de LEPS, concordante con los arts. 72, 73, y 74 de la CPE, establecen que nadie puede sufrir abusos y actos que mellen la dignidad de la persona; los demandados incumplieron la referida Ley, la cual dispone que todo interno que sea sometido a castigo riguroso deberá recibir atención médica diaria, lo cual no sucede en el presente caso; por lo que esta acción de libertad es correctiva; y, d) Solicitó se conceda la tutela en la modalidad correctiva e instructiva.