SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2016-S1

Fecha: 25-Ago-2016

II.2.

II.2.    Por decreto de 13 de noviembre de 2013, el Tribunal Sexto de Sentencia Penal del mismo departamento, devolvió el expediente a su similar Tercero, para que éste disponga la remisión al tribunal de turno (fs. 89); por Auto de 20 de igual mes y año, el Tribunal Tercero de Sentencia Penal del referido departamento, dispuso la devolución de la causa ante su homologo Sexto, atendiendo a que el Auto de Vista 01/2013, ordenó la reposición del juicio por otro tribunal (fs. 91); el 25 del citado mes y año Rubén Ramírez Conde, Presidente del último Tribunal mencionado, antes de radicar la causa remitió en consulta a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, “la desinteligencia” (sic) del Auto de Vista 01/2013 (fs. 93 vta.); la citada Sala por Resolución de similar naturaleza de 26 del mes y año antes referidos, modificó la                  parte resolutiva de la antedicha resolución “ANULA TOTALMENTE                 LA SENTENCIA” (sic) por haberse establecido defecto absoluto inconvalidable y ordenó la reposición del juicio por otro tribunal (fs. 95); Julio Vásquez Aquice, presentó recurso de casación contra el Auto de   Vista 01/2013, atendiendo a que el mismo fue modificado en su parte resolutiva el 26 de noviembre de 2013 (fs. 97 a 99), que fue resuelto por Auto Supremo 367/2014-RRC de 8 de agosto, declarándolo fundado y dejando sin efecto el Auto de Vista recurrido, ordenando a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que emita nueva resolución conforme a la doctrina legal aplicable (fs. 123 a 127).