SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2016-S3
Fecha: 15-Ago-2016
al respeto y protección a los derechos fundamentales
El accionante a través de su representante considera como lesionados sus derechos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, a la defensa, a la libertad, “…al respeto y protección a los derechos fundamentales…” (sic) y “…a la prevalencia, a la interpretación y a la aplicación favorable en relación a los instrumentos internacionales de Derechos Humanos…” (sic), citando al efecto los arts. 13.I y IV, 14.III, 115, 117.I, 180.I y 256 de la Constitución Política del Estado (CPE); 1, 7.1, 8.2 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 1, 3, 8, 11.1 y 28 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; XVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 2.1, 9.1 y 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 6.3.b del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El accionante a través de su representante considera como lesionados sus derechos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, a la defensa, a la libertad, “…al respeto y protección a los derechos fundamentales…” (sic) y “…a la prevalencia, a la interpretación y a la aplicación favorable en relación a los instrumentos internacionales de Derechos Humanos…” (sic), por cuanto las Magistradas demandadas emitieron el AS 273/2016, declarando infundado su recurso de casación, convalidando las irregularidades denunciadas en la tramitación del proceso penal seguido en su contra, sin que estas hayan sido atendidas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- al respeto y protección a los derechos fundamentales
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- Fragmento 10
- CONFIRMAR