Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2016-S3
Fecha: 19-Ago-2016
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 9 de marzo de 2016, Shirley Fabiola Revich Angulo -querellante- denunció la instalación anticipada de la audiencia de apelación de medidas cautelares (fs. 81 y vta.), por lo que las autoridades demandadas emitieron el Auto de 10 del mismo mes y año, anulando obrados y disponiendo que se señale nuevo día y hora de audiencia (fs. 84).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- REVOCAR