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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0813/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0813/2016-S3

    Fecha: 19-Ago-2016

    II.3.

    II.3. Por memorial presentado el 22 de abril de 2016 a horas 11:45, el accionante solicitó a la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, su inmediata libertad y “…suspenda la Audiencia señalada por su Probidad para el día de hoy a las 14:30, máxime cuando así los hechos expuesto demuestran que ni siquiera se me ha otorgado un tiempo suficiente para preparar mi defensa para la audiencia de medidas cautelares” (sic [fs. 19 y vta.]).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
    • en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
    • Primer supuesto:
    • III.2.  Análisis del caso concreto

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