Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0826/2016-S3
Fecha: 09-Ago-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante acusa como vulnerado su derecho al debido proceso en sus elementos de congruencia, de defensa, de acceso a la justicia, y su vinculación a la justicia material, debido a que el AS 45/2015 de 20 de abril, rechazó su recurso de revisión extraordinaria de sentencia, otorgando prioridad a cuestiones de orden formal, al considerar que el proceso de revisión extraordinaria de sentencia no procede contra un auto interlocutorio definitivo, cerrando definitivamente la posibilidad de que se ingrese al fondo del asunto cuando debería resolverse la compleja situación propuesta, en bien de la justicia material.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- De lo referido sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR