Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0913/2016-S3
Fecha: 30-Ago-2016
concedió
La Jueza Pública Civil y Comercial Cuarta del departamento de Pando, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 2/16 de 28 de abril de 2016, cursante de fs. 78 a 80 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo la reincorporación laboral de la hoy accionante de acuerdo a su perfil profesional, debiendo presentar documentación que acredite su capacidad y/o profesión, con el argumento que el hecho de que el hijo de la última nombrada trabaje en una institución, no es impedimento para que no tenga derecho a la inamovilidad laboral, toda vez que el mismo pese a tener un trabajo se encuentra bajo la tutela de su madre.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- PROCEDENTE
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- salvo que se
- El Certificado Único de Discapacidad es el documento que califica el tipo y grado de discapacidad de una persona.
- ámbito de protección que se amplía a los padres o tutores que tengan bajo su dependencia a 'personas con discapacidad'; lo que significa, que ninguna persona con capacidad diferente que preste servicios en una institución pública o entidad privada, podrá ser removida de sus funciones, al igual que aquellas que tengan bajo su dependencia a personas con capacidades diferentes.
- III.2. Análisis del caso concreto
- el ámbito de protección de los trabajadores o funcionarios que presten servicios en los sectores público o privado, no sólo se refiere al trabajador en sí mismo sino que en prevención a que una ruptura de la relación laboral pueda llegar a afectar a un dependiente discapacitado de ese trabajador o funcionario
- CONFIRMAR