Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0210/2016-CA
Fecha: 08-Sep-2016
Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura del Beni
En consulta la Resolución 02/2016 de 24 de agosto, cursante de fs. 32 a 33 vta., pronunciada por el Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura del Beni, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Lourdes Rossy Tellería, demandando la inconstitucionalidad del art. 187.9 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) –Ley 025 de 24 de junio de 2010-, por ser presuntamente contrario a los “preceptos (derechos y garantías), principios, fines y valores supremos constitucionales estipulados en la Ley Fundamental como es la Constitución Política del Estado” (sic).
- Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura del Beni
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción
- 4.
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR