AUTO CONSTITUCIONAL 0210/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0210/2016-CA

Fecha: 08-Sep-2016

rechazó

Por Resolución 02/2016 de 24 de agosto, cursante de fs. 32 a 33 vta., el Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura del Beni, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, dentro del proceso disciplinario seguido contra la accionante bajo los siguientes fundamentos: a) La acción aludida es interpuesta contra el art. 187.9 de la LOJ, disposición que no consta en la denuncia dentro del proceso disciplinario seguido contra la accionante; ya que la misma fue admitida y tramitada por la falta disciplinaria grave descrita en el art. 187.14 de la misma ley; por lo que, no existe fundamento jurídico-constitucional para someter a juicio de constitucionalidad la norma impugnada; y determinar si evidentemente hay contradicción; b) La Resolución SD-AP 332/2016 de 14 de julio, que confirmó totalmente la Resolución Disciplinaria 010/2016 de 17 de marzo, por lo que la resolución de primera o segunda instancia adquiere firmeza cuando ya no existe recurso de impugnación en la vía administrativa.