AUTO CONSTITUCIONAL 0216/2016-CA
Fecha: 12-Sep-2016
rechazó
Mediante Resolución 47 de 23 de junio de 2016, cursante de fs. 29 a 31 vta., el Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Segundo del departamento de Santa Cruz, rechazó la solicitud de promover la presente acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: 1) Los argumentos planteados en esta acción de inconstitucionalidad no corresponden, ya que la cuestión vinculada a la creación de un tributo, impuesto, tasa, patente, derecho o contribución de cualquier clase o naturaleza que hubiere sido establecida sin observar las disposiciones constitucionales, no es una cuestión que deba resolverse a través de la acción de inconstitucionalidad concreta, sino por el recurso contra tributos, impuestos, tasas, patentes, decretos o contribuciones especiales; y, 2) Cursa en obrados fotocopia de la Resolución 25-00163-15, pronunciada por la Gerencia Distrital del SIN Santa Cruz, por la cual se rechazó la acción de inconstitucional concreta, en ese entendido, se tiene que el accionante presenta nuevamente en esta instancia la misma acción, inobservando lo establecido por el art. 81.I del CPCo.
- Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Segundo del departamento de Santa Cruz,
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- II.3 Análisis del caso concreto
- c)
- e)
- 2° ADMITIR
- 3° Poner