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    AUTO CONSTITUCIONAL 0226/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0226/2016-CA

    Fecha: 26-Sep-2016

    Fragmento 6

    2.     Las resoluciones dictadas por las autoridades judiciales, excepto cuando hubieran sido dictadas después de haber cesado o suspendidas en el ejercicio de sus funciones a causa de un proceso administrativo disciplinario en su contra. Esta última previsión es aplicable a las demás autoridades” (las negrillas nos pertenecen).

    • recurso directo de nulidad
    • I.1. Antecedentes
    • I.2.
    • a)
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
    • Fragmento 6
    • II.2. La improcedencia del recurso directo de nulidad relacionada con el debido proceso
    • Por otra parte, cuando de una potestad o jurisdicción se trata, en el ámbito administrativo en particular, se entenderá que tal potestad o jurisdicción será aquella que ejerza una autoridad administrativa para asumir una determinación ejecutiva aplicable en un caso concreto o para conocer y resolver un proceso o procedimiento administrativo
    • Toda vez que las acciones de defensa y conflictos de competencia tratan cuestiones relativas a la competencia y, según el caso, pueden terminar por declarar la invalidez de los actos impugnados, debe sin embargo asumirse que cada uno de estos procedimientos constitucionales tienen una naturaleza propia y su tratamiento es independiente uno del otro
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • IMPROCEDENTE
    • Al otrosí segundo, tercero y cuarto.-

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