AUTO CONSTITUCIONAL 0261/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0261/2016-RCA

Fecha: 19-Sep-2016

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 11 de agosto de 2016, cursante de fs. 33 a 40, el accionante por intermedio de su representante legal señaló que, importó un vehículo tipo minibús, marca Nissan, modelo Caravan, color gris, año 2008, que se encuentra observado en el sistema “B-SISA”, con la restricción para cargar gasolina dispuesta por la Administración de la Aduana Regional Oruro, por lo que apersonándose a la citada institución fue informado que en su contra se tramitó un proceso administrativo aduanero por contrabando contravencional, el mismo que hubiera concluido y que se encuentra en etapa de ejecución para el pago de UFVs24 127,56.- (veinticuatro mil ciento veintisiete 56/100 Unidades de Fomento a la Vivienda).

Enterado de la orden de pago, interpuso incidente de nulidad de obrados ante el Gerente de la Aduana Regional Oruro, señalando que no tuvo conocimiento del trámite administrativo, por no haber sido notificado de manera personal, petición que fue resuelta por proveído AN-GROGR-ULEOR-SET-PROV 233/2015 de 17 de diciembre, por el cual se denegó la solicitud planteada, razón por la cual, en tiempo oportuno interpuso recurso de alzada contra el referido proveído, el mismo que fue resuelto por el Responsable Departamental de Recurso de Alzada a.i. Oruro de la ARIT La Paz, por Auto de Rechazo ARIT-ORU-0013/2016 de 15 de enero.

Refiere que, mediante memorial de 16 de febrero del mismo año, reiteró ante el Gerente de la Aduana Regional Oruro, su solicitud de nulidad de obrados, la cual fue respondida por proveído AN-GROGR-ULEOR-SET-PROV 024/2016 de 4 de marzo, indicando que lo peticionado ya había sido resuelto anteriormente; por lo que, una vez notificado con el referido proveído interpuso recurso de alzada, mismo que por Auto de Rechazo ARIT-ORU-0087/2016 de 1 de abril, fue nuevamente denegado; contra tal determinación planteó recurso jerárquico, no obstante mediante proveído ARIT-ORU-0087/2016 de 27 del mismo mes y año, se le negó el recurso planteado.