Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0276/2016-RCA
Fecha: 26-Sep-2016
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido en el art. 30.III del Código Procesal Constitucional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución 06/2016 de 5 de septiembre, cursante a fs. 27 vta., pronunciada por la Jueza Pública de Familia Novena del departamento de La Paz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- 1)
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- a)
- CONFIRMAR