Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0277/2016-RCA
Fecha: 26-Sep-2016
I.2.
El accionante considera lesionados sus derechos a la petición, a ser oído por autoridad competente, “de las personas adultas mayores”, al debido proceso en sus elementos de motivación, fundamentación, legalidad y “seguridad jurídica”; citando al efecto los arts. 24, 67.I, 68, 108, 109, 115, 119.I, 120.I, 232 y 311.I y II.5 de la Constitución Política del Estado (CPE).