SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2016-S1
Fecha: 01-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan la lesión a la propiedad privada, al debido proceso, al trabajo, a la vida, a la alimentación, a la defensa, y al principio de la seguridad jurídica, toda vez que el demandado apoyado por miembros de su sindicado de forma arbitraria y abusiva habrían decidido cosechar toda la producción de trigo que se encontraba en la propiedad de Dionicio Rodríguez Cordero, quién al haberse opuesto fue arrastrado de sus pies sin considerar sus noventa y cuatro años de edad, ante tales abusos Emiliana Cardozo Juri empezó a sacar fotos de su celular pero fue perseguida y al agarrarla fue golpeada y pateada sin considerar que se encontraba en estado de embarazo de ocho meses, esto originó que Sabino Cardozo Cordero padre anciano de la víctima tratara de defenderla pero de igual forma fue agredido sin considerar su edad y por si fuera poco lo metieron al calabozo de la sede sindical dos días privándolo de su libertad, no conforme con las arbitrariedades cometidas, se apropiaron de dos ganados y en su sede procedieron a rematarlos; sin embargo, el dinero que fue repartido entre todos sus afiliados, actos que fueron cometidos a través de vías de hecho, vale decir mediante violencia, agresiones y amenazas que lesionan sus derechos que están protegidos por la Norma Suprema.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Las vías de hecho finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos
- III.4. La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.4.1.Modulación de línea jurisprudencial
- III.4. Análisis del caso concreto