SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2016-S1

Fecha: 01-Sep-2016

a)

Solicita se conceda la tutela y en consecuencia se disponga: a) La inmediata reincorporación a su fuente laboral, al mismo puesto de trabajo y nivel salarial;                   b) Pago de sueldos devengados al momento de la reincorporación con memorando de alta por la institución del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz; y, c) Pago del “BONO 6 DE MARZO” correspondiente a la gestión 2016.  

Félix Daniel Apaza Nina, Director de Talento Humano del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, a través de su apoderado legal en audiencia manifestó lo siguiente: a) El 8 de octubre de 2015, se realizó el  preaviso correspondiente a la accionante, en cumplimiento del art. 12 de la LGT, norma que prevé el plazo de tres meses para impugnar dicho preaviso, en caso de no hacerlo el mismo se da por aceptado y se cumple con el pago de beneficios sociales; y, b) No corresponde a la Jueza de garantías, pronunciarse respecto al pago de haberes devengados y los bonos.