SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0849/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0849/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

I.1.1. Hechos que la motivan

En su calidad de causídico en el proceso seguido a instancia del Ministerio Público contra Severo Cerda Salas y otros por la supuesta comisión del delito de estafa, el 29 de abril de 2016 se presentó en la oficina del Fiscal de Materia, Fernando Guachalla Ferrufino ahora demandado; sin embargo, pese a su calidad de abogado y ajeno al proceso, ordenó en el instante de forma ilegal su arresto, sin que medie justificativo constitucional alguno, lo que se demuestra por el acta elaborada por Wenceslao Tapia Flores, Oficial de Policía ahora también demandado, quien ejecutó esta orden ilegal de arresto refiriendo motivos fútiles e irracionales. En efecto, de acuerdo a la citada acta y la orden de arresto escrita, se tiene que no existe justificativo constitucional valido para disponer el arresto de un abogado que este ejerciendo patrocinio y reclamó vehementemente por la defensa de su cliente.

Finalmente aclara que la presente acción de libertad también se opone contra el citado Oficial de Policía, puesto que como autoridad policial tenía la obligación de negarse a la ejecución de un ilegal mandamiento de arresto, cuando las circunstancias no justifican esta decisión, siendo que la restricción a la libertad no puede efectuarse sino por medio de las formas y en los casos establecidos en la Constitución Política del Estado y las leyes procesales de enjuiciamiento penal.