SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2016-S1

Fecha: 20-Sep-2016

i)

Jeral Redy Quisbert López, abogado apoderado de la autoridad demandada mediante Informe de 31 de mayo de 2016 cursante de fs. 198 a 199, así como en audiencia, manifestó que: i) Los memorandos por los que se destituyó a los accionantes, fueron firmados por el Director de Talento Humano del GAMEA, en estricto apego a sus funciones, mismas que no guardan ninguna relación ni dependencia con las de su defendida en su calidad de Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE), extremo que se puede verificar del Manual de Organización de Funciones (MOF) aprobado mediante Decreto Municipal 41 de 6 de julio de 2015; ii) Según la Ley 1178, los memorandos de despido son considerados actos administrativos que podían haber sido impugnados en la vía administrativa; y, iii) Las Conminatorias de reincorporación pronunciadas a favor de los accionantes fueron emitidas por una autoridad administrativa, cuando esa instancia no puede determinar la existencia de una relación laboral, sino la llamada por ley que es la vía jurisdiccional.