Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0866/2016-s2
Fecha: 12-Sep-2016
I.2.3. Informe del tercero interesado
Hugo Pereira Montenegro, por intermedio de su abogado en audiencia manifestó que, se remiten a lo que previene el art. 115.1 de la Constitución Política del Estado; además, de creer en la transparencia de este nuevo proceso establecido en el poder judicial, la manifestación de la autoridad en la idoneidad y la independencia que actualmente tienen sus miembros, tanto los Jueces como los Tribunales, pidiendo que se mantenga firme el Auto Supremo emitido por el Tribunal Supremo de Justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- deniega
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- III.2. De la declaratoria de improcedencia del recurso de casación por incumplimiento de requisitos formales
- III.3. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo