SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0948/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0948/2016-S3

Fecha: 13-Sep-2016

concedió

El Juez Público Civil y Comercial y de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primero de Yapacaní del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 02 de 17 de mayo de 2016, cursante de fs. 208 a 209 vta., concedió la tutela solicitada; y en consecuencia, declaró la nulidad del Auto de 7 de marzo de 2016, disponiendo que el Juez hoy demandado dicte nueva resolución respecto del recurso de casación conforme a los siguientes fundamentos: i) El Juez ahora demandado no advirtió que el recurso de casación está previsto en nuestra legislación como una nueva demanda, misma que se encuentra calificada de puro derecho, por lo tanto no necesitaba de pase profesional para su interposición; y, ii) El art. 87 de la LSNRA fijó el término perentorio de ocho días para la interposición del recurso de casación, en el caso en cuestión, el referido recurso, fue presentado por el ahora accionante al octavo día una hora y diez minutos antes del vencimiento del plazo, por consiguiente no es evidente su presentación extemporánea, situación que restringe los derechos, a la defensa, al debido proceso y al principio de seguridad jurídica por estar íntimamente ligado a los derechos del accionante.