Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0964/2016-S3
Fecha: 15-Sep-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante alega la lesión de sus derechos al trabajo, a la estabilidad e inamovilidad laboral por ser madre gestante, al reconocimiento de su personalidad, capacidad y dignidad, a la salud, a la alimentación y a la vida, tanto de ella como de su hijo, citando al efecto los arts. 14.I y II, 15.I, 16.I y II, 18, 46, 48.I y VI, 49.III, 60; y, 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación por la justicia constitucional
- En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea
- En aquellos casos en que la trabajadora o trabajador, fuera sometido a un proceso interno dentro el cual se determine su despido por una de las causales establecidas en el art. 16 de la LGT y art. 9 del DR, en su caso por vulneración a su Reglamento Interno, el procedimiento previsto por el DS 0495, no será aplicable; debiendo la trabajadora o trabajador, que estime que su destitución fue ilegal o injustificada, incoar la correspondiente demanda de reincorporación ante la judicatura laboral
- el primero
- Fragmento 17