Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0966/2016-S3
Fecha: 15-Sep-2016
II.4.
II.4. Por memoriales presentados el 19 y 23 de mayo de 2016 ante la Jueza de Instrucción Penal Primera de Warnes del departamento de Santa Cruz, los ahora accionantes solicitaron se dé cumplimiento a los arts. 237 y 251 del CPP y se remita la apelación interpuesta contra el Auto de 17 de igual mes y año, que dispuso la detención preventiva de sus personas (fs. 1 a 3).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- negó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Jurisprudencia reiterada acerca de la apelación incidental prevista en el art. 251 del CPP y el plazo para la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada
- III.3. De la dilación en la remisión de la apelación incidental de medidas cautelares ante el Tribunal de alzada por falta de provisión de recaudos
- la omisión indebida
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR