SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2016-S3

Fecha: 23-Sep-2016

1)

Franco Ovidio Sanabria Soliz, Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de Oruro, por informe cursante de fs. 49 a 50, manifestó que:             1) En la parte dispositiva del Auto interlocutorio 353/2016, dispuso que “…Con la presente resolución queda notificadas las partes presentes en fecha 21 de mayo de 2016 a horas 13:24 p.m. notifíquese al Ministerio Publico y advertir que la presente Resolución es susceptible de apelación en el plazo de 72 horas…” (sic), con la cual se notificó al accionante; es decir, a momento de concluir la audiencia con su lectura, de conformidad el art. 160 del CPP; y, 2) Dentro de otro proceso penal el abogado del accionante fundamentó contrariamente a lo alegado en la actual acción tutelar, advirtiéndose deslealtad procesal.