SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1254/2016-S2
Fecha: 27-Sep-2016
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Primero de Villazón del departamento de Potosí, constituido en Tribunal de garantías, Mediante Resolución de 27 de septiembre de 2016, denegó la tutela solicitada, disponiendo la remisión de antecedentes ante el Ministerio Público, por la supuesta existencia de lesiones a los ahora accionantes, debiendo el Juez cautelar, resolver en forma inmediata la situación jurídica de los mismos; decisión asumida en base al argumento de que si bien la aprehensión por particulares se produjo a horas. 11:30 del 25 de septiembre de 2016, conforme acreditan las actas de requisa, el Fiscal tuvo conocimiento de la aprehensión el 26 de igual mes y año a las 11:25, habiendo presentado imputación formal a las 19:00 del mismo día, encontrándose dentro del plazo establecido por la segunda parte del art. 226 del CPP; y que además, respecto a la demora en la entrega del aprehendido a la autoridad fiscal, no puede emitir pronunciamiento, por cuanto los funcionarios que procedieron a la aprehensión, no fueron objeto de la presente demanda.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepcionalidad en la aplicación del principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- Fragmento 10
- III.2. Tutela del debido proceso mediante la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- b)
- CONFIRMAR en todo