AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2017-CA

Fecha: 03-Ene-2017

Director Ejecutivo a.i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT)

En consulta la Resolución AGIT-RAIC/007/2016 de 5 de diciembre, cursante de fs. 151 a 163, pronunciada por el Director Ejecutivo a.i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT), por la que rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Miguel Eugenio Flores Vargas representante legal de la Agencia Despachante de Aduana “TRANS-OCEANICA S.R.L.”, demandando la inconstitucionalidad del art. 186 inc. a) de la Ley General de Aduanas (LGA) –Ley 1990 de 28 de julio de 1999-  y el Artículo Primero de la Resolución de Directorio de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB) RD 01-021-15 de 15 de septiembre de 2015, por ser presuntamente contrarios a los arts. 9.4, 22, 46. I y II, 47, 108. 1, 2 y 3, 109.II, 115.II, 116.I, 117.I y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).