AUTO CONSTITUCIONAL 0030/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0030/2017-RCA

Fecha: 20-Ene-2017

1)

El Juez Público Civil y Comercial Segundo del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, por Auto de 22 de noviembre de 2016, cursante a fs. 56, ordenó al accionante para que en el plazo de tres días, subsane lo siguiente: 1) Cumplir con el art. 33.4, 5 y 7 del Código Procesal Constitucional (CPCo), precisando por qué sustituyeron poderes con tan escaso lapso de tiempo y no se apersonan para realizar la venta directa; y, 2) Presentar los poderes originales y el documento de compra-venta del inmueble, acompañando la certificación tributaria.