Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0030/2017-RCA
Fecha: 20-Ene-2017
a)
Refiere que: a) El acto ilegal que cometieron los ahora demandados fue negar la autorización para que se proceda al cobro del impuesto a la transferencia eventual de bienes inmuebles al observar los Poderes Notariales; además, de prohibir toda transferencia que recaiga sobre el predio en cuestión sin tener facultades legales para tales determinaciones; y, b) El Juez de garantías al determinar por Auto constitucional la improcedencia de la acción de amparo constitucional, porque no se hubieran agotado las vías de impugnación, no indicó cuales son aquellas que considera como otros medios o recursos legales que faltaron hacerse uso.