AUTO CONSTITUCIONAL 0281/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0281/2017-CA

Fecha: 10-Oct-2017

Juez de Instrucción Penal Tercero de Quillacollo del departamento de Cochabamba

En consulta la Resolución de 11 de septiembre de 2017, cursante de fs. 13 a 16 vta., pronunciada por el Juez de Instrucción Penal Tercero de Quillacollo del departamento de Cochabamba, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta y declaró la “constitucionalidad”, interpuesta por Eduardo Mérida Balderrama y Jovanna Maldonado Villarroel, demandando la inconstitucionalidad del art. 234.8 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por ser presuntamente contrario a los arts. 116.I y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 8.2 de la de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.