AUTO CONSTITUCIONAL 0370/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0370/2017-RCA

Fecha: 13-Oct-2017

rechazo

El referido Juez de garantías mediante Resolución 01/2017 de 8 de agosto, cursante de fs. 932 a 935, declaró el rechazo de la acción de amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: a) Se observa situaciones jurídicas de competencia en razón al territorio en cuanto al bien a tutelarse; y b) No se acredita con pruebas que se hubiera agotado la vía ordinaria para la presentación de la acción tutelar.

Con dicha Resolución el accionante fue notificado el 18 de septiembre de 2017      (fs. 935 vta.), quien por memorial presentado el 20 del mismo mes y año                 (fs. 936 a 940 vta.), impugno la misma dentro del plazo establecido por el art. 30.I.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo).

El Juez de garantías, mediante Resolución 01/2017 de 10 de agosto, cursante de fs. 931 a 935, declaró el rechazo de la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: i) Se observa situaciones jurídicas de competencia en razón al territorio y el bien a tutelarse; y, ii) No se acreditó con pruebas, que se hubiera agotado la vía ordinaria para la presentación de la acción tutelar; en ese entendido y de acuerdo a lo previsto en el art. 30.III del CPCo, corresponde a la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, revisar si tal razonamiento es correcto.