Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0393/2017-RCA
Fecha: 31-Oct-2017
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo dispuesto por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 211 de 8 de septiembre de 2017, cursante de fs. 103 a 105 vta., pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Vigesimosegundo del departamento de Santa Cruz; constituido en Juez de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derecho supuestamente vulnerado
- improcedente
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- el proceso en recurso de amparo se encuentra pendiente, lo que significa que cualquier decisión que se hubiere tomado en ese ínterin y que las partes consideraran indebidas no pueden ser denunciadas a través de otro amparo
- CONFIRMAR