Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0393/2017-RCA
Fecha: 31-Oct-2017
I.2. Derecho supuestamente vulnerado
La parte accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la igualdad, al trabajo, al juez natural y a la aplicación objetiva del ordenamiento jurídico; citando al efecto los arts. 46, 115.II y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derecho supuestamente vulnerado
- improcedente
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- el proceso en recurso de amparo se encuentra pendiente, lo que significa que cualquier decisión que se hubiere tomado en ese ínterin y que las partes consideraran indebidas no pueden ser denunciadas a través de otro amparo
- CONFIRMAR