Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0393/2017-RCA
Fecha: 31-Oct-2017
I.5. Síntesis de la impugnación
La parte accionante reiterando el contenido del memorial principal de esta acción tutelar y transcribiendo los arts. 30, 33, 53 y 66 del CPCo, fundamentó que se cumplieron los requisitos esenciales de forma y fondo para la presentación y admisión de esta acción de defensa; por ello, no corresponde la decisión asumida de declarar la improcedencia, siendo que ya se realizó la valoración de la documentación adjunta y los requisitos “…al momento de admitirse…” (sic) la acción tutelar el 7 de septiembre de 2017.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derecho supuestamente vulnerado
- improcedente
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- el proceso en recurso de amparo se encuentra pendiente, lo que significa que cualquier decisión que se hubiere tomado en ese ínterin y que las partes consideraran indebidas no pueden ser denunciadas a través de otro amparo
- CONFIRMAR