SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1023/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1023/2017-S3

Fecha: 04-Oct-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del fenecido proceso penal por estafa, fue condenado a cumplir la pena privativa de libertad de tres años y seis meses. Es así que el 13 de julio de 2017, al haber cumplido las dos quintas partes de su condena, planteó incidente de redención, de conformidad al art. 138 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), el cual fue admitido y declarado probado por el Juez competente.

A tal efecto, realizando el nuevo cómputo correspondiente al tiempo de permanencia, el 21 de agosto del mismo año interpuso incidente de libertad condicional, por haber cumplido dos tercios de la pena impuesta, de conformidad al art. 174 de la LEPS, para lo que se señaló audiencia para el 28 de agosto de 2017, acto en el que el Juez de Ejecución Penal Primero de la Capital del departamento de Potosí, declaró probado el incidente; empero, a pesar de contar con el mandamiento de libertad, continua detenido en el Centro de Readaptación Productiva “Santo Domingo” de Cantumarca por orden de la autoridad demandada, bajo el pretexto de que su persona no cuenta con Cédula de Identidad.