SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1094/2017-S1
Fecha: 03-Oct-2017
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante, acusó la lesión de su derecho a la libertad con relación al principio de celeridad; toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de ejercicio indebido de profesión, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, se llevó a cabo la audiencia de consideración de medidas de 14 de agosto de 2017, en la que mediante Auto Interlocutorio 369/2017, el Juez de la causa, dispuso su detención domiciliaria, a cuyo efecto se remitieron oficios al Comando General de la Policía Bolivia y la Dirección General de Régimen Penitenciario del Ministerio de Gobierno, para que se cumpla dicha medida con custodio policial; empero, dicha disposición no obtuvo respuesta alguna hasta la fecha de interposición de su acción tutelar, causando dilación innecesaria en la materialización de la medida sustitutiva.
Ahora bien, con base en el Fundamento Jurídico III.1 expuesto en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se tiene que, conforme a lo manifestado, el valor supremo de justicia compele a los administradores de justicia, a procurar la realización de la “justicia material” como objetivo axiológico y final, siempre desde un enfoque que respete la interculturalidad, razón por la cual debe entenderse la protección constitucional inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando ésta se encuentra afectada o amenazada por la restricción o supresión de la libertad; en un sentido extensivo que abarque su definición desde un punto de vista que comprenda también su significado desde la cosmovisión plurinacional que compone el Estado.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a).
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.3. Análisis del caso concreto
- con custodio policial
- también respetuoso de los derechos constitucionales y garantías fundamentales
- abogado
- 2º DISPONER
- 3º