SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1094/2017-S1
Fecha: 03-Oct-2017
también respetuoso de los derechos constitucionales y garantías fundamentales
En cuanto al principio de celeridad, la jurisprudencia sostiene que este implica para los servidores públicos, el objetivo de otorgar agilidad al cumplimiento de sus tareas, funciones y obligaciones públicas, hasta que logren alcanzar sus deberes básicos con la mayor prontitud, y que de esta manera su gestión se preste oportunamente cubriendo las necesidades y solicitudes de los destinatarios y usuarios, esto es, de la comunidad en general; naturalmente, esto cobra aún mayor relevancia cuando las peticiones se encuentren íntimamente ligadas al ejercicio de un derecho, como lo es en el presente caso la libertad. Bajo tal entendimiento, este principio no únicamente obliga a los servidores públicos y a sus autoridades administrativas; sino a la propia administración pública en general a tener un sistema de gestión y control interno, también respetuoso de los derechos constitucionales y garantías fundamentales, que preste especial atención a aquellas solicitudes vinculadas con el ejercicio de uno de ellos, de forma tal que si la petición involucra la materialización de una determinación judicial; o, la materialización de la justicia, la administración pública (y su sistema de gestión o control interno), deben basarse igualmente en los principios consagrados por la Norma Suprema y en los términos establecidos por la ley, para así cumplir con los fines señalados por el Estado, uno de los cuales es justamente la materialización de una justicia pronta, oportuna y célere.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a).
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.3. Análisis del caso concreto
- con custodio policial
- también respetuoso de los derechos constitucionales y garantías fundamentales
- abogado
- 2º DISPONER
- 3º